Distr. GENERAL

E/CN.15/1996/1

4 de marzo de 1996

ESPAÑOL

Original: INGLÉS

COMISIÓN DE PREVENCIÓN DEL DELITO

Y JUSTICIA PENAL

Quinto período de sesiones

Viena, 21 a 31 de mayo de 1996

Tema 2 del programa provisional

APROBACIÓN DEL PROGRAMA Y ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJOS

Programa provisional

1. Elección de la Mesa.

2. Aprobación del programa y organización de los trabajos.

3. Examen de temas prioritarios.

4. Medidas para el control de las armas de fuego.

5. Décimo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente.

6. Cooperación técnica y fortalecimiento del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal.

7. Reglas y normas de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal.

8. Cooperación y coordinación de las actividades con otros organismos de las Naciones Unidas y otras entidades.

9. Plan de gestión estratégica.

10. Cuestiones relativas al programa.

11. Programa provisional del sexto período de sesiones de la Comisión.

12. Aprobación del informe de la Comisión sobre su quinto período de sesiones.

Anotaciones

Tema 1

En su quinto período de sesiones, la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal, de conformidad con el artículo 15 del reglamento de las comisiones del Consejo Económico y Social (E/5975/Rev.1) y con la práctica establecida en el primer período de sesiones, tal vez desee elegir cinco miembros de la Mesa, a saber, un Presidente, tres Vicepresidentes y un Relator.

De conformidad con la decisión 1/101 de la Comisión, el puesto de Presidente del quinto período de sesiones de la Comisión lo ocupará un miembro del Grupo de Estados Asiáticos y el puesto de Relator, un miembro del Grupo de Estados de Europa occidental y de otros Estados.

La composición de la Comisión en su quinto período de sesiones figura en el anexo I.

Tema 2

Por recomendación de la Comisión en su cuarto período de sesiones, el Consejo Económico y Social adoptó la decisión 1995/243, por la que aprobaba el programa provisional del quinto período de sesiones de la Comisión.

Los debates de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal se rigen por el reglamento de las comisiones orgánicas del Consejo Económico y Social.

La organización de los trabajos propuesta para el cuarto período de sesiones de la Comisión figura en el anexo II.

Tema 3

El Consejo Económico y Social, en la sección VI de su resolución 1992/22, determinó que los siguientes temas prioritarios orientaran los trabajos de la Comisión en la elaboración de un programa detallado de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal así como de las asignaciones presupuestarias para el período 1992-1996:

a) La delincuencia nacional y transnacional, la delincuencia organizada y económica, incluido el blanqueo de dinero, y la función del derecho penal en la protección del medio ambiente;

b) La prevención de la delincuencia en zonas urbanas y de la delincuencia juvenil y de carácter violento;

c) La eficiencia, equidad y mejora de la gestión y administración de los sistemas de justicia penal y sistemas conexos, con la debida atención al fortalecimiento de las capacidades nacionales de los países en desarrollo para la periódica reunión, cotejo, análisis y utilización de datos con miras a la formulación y aplicación de políticas apropiadas.

La Comisión ha examinado y reafirmado estos temas prioritarios en todos sus períodos de sesiones celebrados desde que se aprobó la resolución 1992/22 del Consejo.

a) La delincuencia nacional y transnacional, la delincuencia organizada y económica, incluido el blanqueo de dinero, y la función del derecho penal en la protección del medio ambiente

i) Aplicación de la Declaración Política y el Plan de Acción Mundial de Nápoles contra la Delincuencia Transnacional Organizada

En su resolución 49/159, la Asamblea General aprobó la Declaración Política y el Plan de Acción Mundial de Nápoles contra la Delincuencia Transnacional Organizada (A/49/748, anexo, sec. I.A). En la misma resolución, la Asamblea instó a los Estados a poner en práctica el Plan de Acción Mundial con carácter urgente y pidió a la Comisión que mantuviera bajo constante examen la aplicación del mismo. En seguimiento de la resolución de la Asamblea 49/159, se organizó en Buenos Aires, del 27 al 30 de noviembre de 1995, un seminario regional ministerial sobre la prevención y lucha contra la delincuencia transnacional organizada. Se presentarán a la Comisión las recomendaciones de este seminario ministerial (E/CN.15/1996/2/Add.1).

Por recomendación de la Comisión en su cuarto período de sesiones, el Consejo Económico y Social aprobó la resolución 1995/11, acerca de la aplicación de la Declaración Política y el Plan de Acción Mundial de Napóles contra la Delincuencia Transnacional Organizada, en la que pedía a la Comisión que velara por la plena aplicación de dichos documentos y supervisara esa aplicación. En la misma resolución, el Consejo pedía al Secretario General que iniciara el proceso de recabar la opinión de los gobiernos sobre la oportunidad y repercusión de instrumentos internacionales como una convención o convenciones contra la delincuencia transnacional organizada y sobre las cuestiones y los elementos que cabría abordar en tales instrumentos, y que reuniera y analizara información sobre las estructuras y la dinámica de la delincuencia transnacional organizada y sobre las respuestas de los Estados a este problema. Además, el Consejo decidió que se estableciera un grupo de trabajo intergubernamental abierto a la participación general para que examinara los resultados del análisis de la información reunida por el Secretario General en cumplimiento de esa petición, y para que propusiera nuevas medidas sobre la aplicación de la Declaración Política y el Plan de Acción Mundial de Napóles.

En la misma resolución, el Consejo pidió al Secretario General que presentara a los Estados Miembros para su examen en el quinto período de sesiones de la Comisión una propuesta sobre la creación de un depósito central de medidas legislativas y reglamentarias vigentes y de información sobre estructuras orgánicas destinadas a la lucha contra la delincuencia transnacional organizada. El Consejo pidió también al Secretario General que presentara a la Comisión propuestas concretas para su aprobación a fin de preparar modelos prácticos y directrices de normas legales, sustantivas y procesales, con objeto de prestar asistencia, en particular, a los países en desarrollo y a los países en transición, para la revisión y evaluación de su legislación así como para la planificación y puesta en práctica de reformas.

Se presentará a la Comisión, para su examen, un informe del Secretario General sobre las cuestiones indicadas (E/CN.15/1996/2).

ii) Control del producto del delito

En su resolución 1994/13, relativa al control del producto del delito, el Consejo Económico y Social pidió al Secretario General que cooperara con los Estados Miembros y las organizaciones intergubernamentales en la difusión de principios y cuestiones que hubieran de contemplarse en el derecho positivo y en la práctica procesal sobre prevención y control del blanqueo del producto del delito y el control de ese producto, para que los Estados Miembros los incorporasen en su código penal y de procedimiento. El Consejo pidió además al Secretario General que organizara seminarios de capacitación regionales, incluso para los países en transición, o facilitara su organización, a fin de dar al personal de justicia penal la capacidad para detectar, investigar, enjuiciar y sentenciar casos relativos al blanqueo y el control del producto del delito. Pidió asimismo al Secretario General que ayudara a los Estados Miembros a elaborar programas de estudio modelo y manuales para la enseñanza superior del derecho y a preparar cursos especiales en las instituciones académicas sobre diversos aspectos relativos a la prevención y el control del blanqueo del producto del delito y el control de ese producto. En la misma resolución, el Consejo pidió a la Comisión que siguiera examinando las cuestiones relativas a la prevención y el control del blanqueo del producto del delito; además, el Consejo pidió al Secretario General que informara a la Comisión, en su quinto período de sesiones, sobre ese particular, incluidas recomendaciones para la adopción de otras medidas concertadas en el plano mundial. La Comisión tendrá a la vista un informe del Secretario General sobre las iniciativas internacionales, regionales y de otra índole para la prevención y el control del blanqueo del producto del delito (E/CN.15/1996/3).

iii) Tráfico de migrantes ilegales

En su resolución 1995/10, el Consejo decidió que el tráfico organizado de migrantes ilegales debía ser examinado por la Comisión en su quinto período de sesiones en el contexto del problema más amplio de la delincuencia organizada. Además, el Consejo pidió al Secretario General que recordara a los Estados Miembros que todavía no lo hubieran hecho la importancia de responder a las notas verbales enviadas a todos los Estados Miembros el 10 de febrero y el 10 de junio de 1994, relativas a la legislación penal y a otras medidas que se hubieran adoptado para luchar contra el tráfico de migrantes ilegales, y que presentara a la Comisión, en su quinto período de sesiones, un informe actualizado sobre esas medidas que incluya una recopilación y un análisis de las respuestas. La Comisión tendrá a la vista el informe del Secretario General sobre las medidas destinadas a combatir el tráfico de migrantes ilegales (E/CN.15/1996/4).

iv) Medidas contra la corrupción

En su resolución 1995/14, el Consejo Económico y Social instó a los Estados a que elaboraran y aplicaran estrategias concretas y amplias de lucha contra la corrupción para aumentar la rendición de cuentas y a que acrecentaran su capacidad de prevenir, detectar, investigar y procesar prácticas corruptas. Además, el Consejo pidió al Secretario General que examinara el manual sobre medidas prácticas contra la corrupción1 y pidió a la Comisión que siguiera examinando periódicamente la cuestión de las medidas contra la corrupción. En la misma resolución, el Consejo tomó nota del proyecto de código internacional de conducta para los funcionarios públicos, en su forma revisada, que figuraba en el anexo de la resolución, y pidió al Secretario General que siguiera celebrando consultas con los gobiernos a fin de revisar el texto más a fondo y que lo presentara a la Comisión, en su quinto período de sesiones, para que lo examinara y adoptara las medidas oportunas.

La Comisión tendrá a la vista un informe del Secretario General sobre las cuestiones mencionadas, que incluirá el proyecto de código internacional de conducta para los funcionarios públicos, revisado en conformidad con las observaciones y propuestas presentadas por los gobiernos (E/CN.15/1996/5).

v) Cooperación internacional en asuntos penales, incluida la extradición

En su resolución 1995/27, relativa a la aplicación de las resoluciones y recomendaciones del Noveno Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, el Consejo, en la sección I de dicha resolución, pidió al Secretario General que convocara, utilizando fondos extrapresupuestarios, a una reunión de un grupo intergubernamental de expertos para que examinara recomendaciones prácticas encaminadas a mejorar y fomentar aún más los mecanismos de cooperación internacional, inclusive los tratados modelo de las Naciones Unidas sobre cooperación internacional en asuntos penales, así como a elaborar una normativa modelo para la extradición y las formas conexas de cooperación internacional en asuntos penales.

Se presentará a la Comisión una nota del Secretario General sobre el resultado de las consultas realizadas y las disposiciones adoptadas para reunir el grupo intergubernamental de expertos (E/CN.15/1996/6).

vi) Vínculos entre la delincuencia transnacional organizada y los delitos terroristas

En la sección II de su resolución 1995/27, el Consejo decidió establecer un grupo intergubernamental de trabajo de composición abierta en el marco de la Comisión para examinar, en el quinto período de sesiones de ésta, las opiniones de los Estados Miembros recabadas por el Secretario General en aplicación del párrafo 1 de la resolución 3 del Noveno Congreso (A/CONF.169/16, cap. I), y estudiar medidas encaminadas a luchar contra la delincuencia transnacional organizada, incluida la preparación de un código de conducta u otro instrumento jurídico, teniendo debidamente en cuenta el creciente peligro de vínculos entre la delincuencia organizada y los delitos terroristas. Se presentará a la Comisión un informe del Secretario General sobre los vínculos existentes entre la delincuencia transnacional organizada y los delitos terroristas, que incluirá un resumen de las opiniones de los Estados Miembros sobre el particular (E/CN.15/1996/7).

vii) Función del derecho penal en lo tocante a la protección del medio ambiente

En la sección II de su resolución 1995/27, el Consejo exhortó al Secretario General, así como al Instituto Interregional de las Naciones Unidas para Investigaciones sobre la Delincuencia y la Justicia y a los institutos regionales de prevención del delito y tratamiento del delincuente, a que siguieran llevando a cabo actividades de investigación, intercambio de información, capacitación y cooperación técnica que facilitaran la elaboración de estrategias preventivas, reguladoras y de otra índole acerca de la función del derecho penal en lo tocante a la protección del medio ambiente, con especial hincapié en: evaluación de necesidades y servicios de asesoramiento; asistencia en el examen o la nueva formulación de leyes y el desarrollo de una infraestructura eficaz; capacitación del personal de justicia penal y de los organismos reguladores. En el informe del Secretario General sobre cooperación técnica y servicios de asesoramiento del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal (E/CN.15/1996/8), figura un breve resumen de las novedades y las actividades recientes llevadas a cabo en cumplimiento de este mandato.

viii) Establecimiento de un centro regional de capacitación e investigaciones sobre prevención del delito y justicia penal para los Estados del Mediterráneo

En la sección I de su resolución 1995/27, el Consejo decidió establecer un grupo de trabajo intergubernamental y de composición abierta, que se reuniera los dos primeros días del quinto período de sesiones de la Comisión, a fin de estudiar la propuesta relativa al establecimiento de un centro regional de capacitación e investigación sobre prevención del delito y justicia penal para los Estados del Mediterráneo, que tendría su sede en El Cairo.

La Secretaría recibió una nota verbal del Gobierno de Egipto, de 27 de diciembre de 1995, pidiendo que se aplazara el examen de este asunto. Se presentará a la Comisión una nota del Secretario General sobre el particular (E/CN.15/1996/9).

b) La prevención de la delincuencia en zonas urbanas y de delincuencia juvenil y de carácter violento

i) Prevención de la delincuencia urbana

En su resolución 1995/9, el Consejo aprobó las directrices para la cooperación y asistencia técnica en la esfera de la prevención de la delincuencia urbana y pidió a la Comisión que velara por la publicación de dichas directrices en la forma más adecuada. El Consejo pidió también a la Comisión que examinara métodos prácticos de velar por que se supervisara el empleo y la aplicación de las directrices. En la sección IV de su resolución 1995/27, el Consejo recomendó a la Comisión que examinara las posibles repercusiones de las corrientes migratorias en la delincuencia urbana. La Comisión tal vez estime oportuno examinar medidas adicionales acerca del empleo y la aplicación de las directrices así como ofrecer a la Secretaría orientación para el seguimiento de estas resoluciones, basándose en un informe oral que presentará la Secretaría.

ii) El niño como víctima y autor de delitos

En la sección IV de su resolución 1995/27, el Consejo decidió que la eliminación de la violencia contra los niños debía considerarse en el marco del tema prioritario "La prevención de la delincuencia en zonas urbanas y de la delincuencia juvenil y de carácter violento" en el bienio 1996-1997. En la misma sección de la resolución, el Consejo pidió al Secretario General que iniciara el proceso de recabar las opiniones de los Estados Miembros sobre la elaboración de una convención internacional sobre la trata ilegal de niños, en la que pudieran incorporarse los elementos necesarios para luchar con eficacia contra esta forma de delincuencia transnacional organizada. Además, el Consejo invitó al Secretario General a que estudiara los medios de elaborar un programa de acción encaminado a promover el empleo y la aplicación eficaces de los instrumentos pertinentes de las Naciones Unidas sobre derechos humanos en la administración de justicia respecto del niño así como de las reglas y normas de las Naciones Unidas en materia de justicia de menores. El Consejo pidió al Secretario General que presentara un informe sobre la aplicación de las recomendaciones contenidas en el sección IV.B de su resolución 1995/27. Asimismo el Consejo decidió que el grupo de trabajo abierto a la participación general del período de sesiones de la Comisión, en su quinto período de sesiones, preparara y emprendiera actividades prácticas, incluidos servicios de capacitación, investigación y asesoramiento, con el objetivo de prevenir y erradicar la violencia contra los niños. La Comisión tendrá a la vista un informe del Secretario General sobre el niño como víctima y autor de delitos (E/CN.15/1996/10).

iii) Eliminación de la violencia contra la mujer

En la sección IV de su resolución 1995/27, el Consejo instó a la Comisión a que siguiera incluyendo la eliminación de la violencia contra la mujer entre sus temas prioritarios y entre las actividades de capacitación y asistencia técnica del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal. Además, el Consejo pidió al Secretario General que solicitara contribuciones a los Estados Miembros interesados, los institutos integrantes de la red del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal y las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, a fin de preparar un proyecto de plan de acción, en el contexto de la prevención del delito y la justicia penal, sobre la eliminación de la violencia contra la mujer que aportase sugerencias prácticas y orientadas a la acción sobre la manera de abordar esta cuestión por medio de, entre otras cosas, la legislación, la investigación y evaluación, la cooperación técnica, la capacitación y el intercambio de información. El Consejo pidió también al Secretario General que presentara a la Comisión, en su quinto período de sesiones, el proyecto de plan de acción, así como un informe sobre las opiniones recibidas, para que los examinara el grupo de trabajo abierto a la participación general del período de sesiones de la Comisión.

Se presentará a la Comisión el informe del Secretario General con el texto de un proyecto de plan de acción sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, y las opiniones recibidas al respecto (E/CN.15/1996/11).

En la sección IV de su resolución 1995/27, el Consejo invitó a los institutos que forman parte de la red del programa de prevención del delito y justicia penal de las Naciones Unidas a que promovieran y llevaran a cabo actividades prácticas para eliminar la violencia contra la mujer, comprendidos servicios de capacitación y asesoramiento, y a que elaboraran propuestas sobre otras medidas que se pudieren adoptar en la esfera de la prevención del delito y la justicia penal para eliminar la violencia contra la mujer y presentaran un informe sobre estas cuestiones a la Comisión en su quinto período de sesiones. Conviene recordar que, en su resolución 3/1, la Comisión invitó a esos institutos a que realizaran actividades sobre temas relativos a la violencia contra la mujer y el niño y a que presentaran a la Comisión, en su quinto período de sesiones, un informe sobre las medidas prácticas que se pudieran adoptar para combatir esa violencia. En cumplimiento de las dos resoluciones indicadas, la Comisión recibirá el informe del Secretario General sobre medidas prácticas en la esfera de prevención del delito y justicia penal para eliminar la violencia contra la mujer (E/CN.15/1996/12).

c) La eficiencia, equidad y mejora de la gestión y administración de los sistemas de justicia penal y sistemas conexos, con la debida atención al fortalecimiento de las capacidades nacionales de los países en desarrollo para la periódica reunión, cotejo, análisis y utilización de datos con miras a la formulación y aplicación de políticas apropiadas

En la sección III de su resolución 1995/27, el Consejo pidió a la Comisión que examinara el número de miembros y las bases de datos de la Red de Información de las Naciones Unidas sobre Delincuencia y Justicia Penal, con el fin de aumentar la participación de los Estados Miembros, organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales pertinentes e institutos académicos y otros centros de investigación en la Red. Además, el Consejo pidió al Secretario General que solicitara contribuciones a los Estados Miembros a fin de preparar, en cooperación con los institutos que integran la red del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal, para que la Comisión lo examinara en su quinto período de sesiones, un proyecto de plan de acción sobre cooperación y asistencia internacionales con respecto a las aplicaciones estadísticas e informatizadas en la administración del sistema de justicia penal, en armonía con las prioridades del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal.

La Comisión recibirá un informe del Secretario General acerca de un proyecto de plan de acción sobre cooperación y asistencia internacionales con respecto a las aplicaciones estadísticas e informatizadas en la administración del sistema de justicia penal (E/CN.15/1996/13).

Documentación

Informe del Secretario General sobre la aplicación de la Declaración Política y el Plan de Acción Mundial de Nápoles contra la Delincuencia Transnacional Organizada (E/CN.15/1996/2).

Adición al informe del Secretario General: recomendaciones del seminario regional ministerial sobre la prevención y lucha contra la delincuencia transnacional organizada, celebrado en Bueno Aires del 27 al 30 de noviembre de 1995 (E/CN.15/1996/2/Add.1)

Informe del Secretario General sobre las iniciativas internacionales, regionales y de otra índole para la prevención y el control del blanqueo del producto del delito y el control de ese producto (E/CN.15/1996/3)

Informe del Secretario General sobre las medidas adoptadas para luchar contra el tráfico de migrantes ilegales (E/CN.15/1996/4)

Informe del Secretario General sobre las medidas contra la corrupción (E/CN.15/1996/5)

Nota del Secretario General sobre las disposiciones adoptadas para reunir un grupo intergubernamental de expertos encargado de examinar recomendaciones prácticas encaminadas a mejorar y fomentar aún más los mecanismos de cooperación internacional, inclusive los tratados modelo de las Naciones Unidas sobre cooperación internacional en asuntos penales, así como a elaborar una normativa modelo para la extradición y las formas conexas de cooperación internacional (E/CN.15/1996/6)

Informe del Secretario General sobre los vínculos existentes entre la delincuencia transnacional organizada y los delitos terroristas (E/CN.15/1996/7)

Informe del Secretario General sobre los servicios de cooperación técnica y asesoramiento para el programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal (E/CN.15/1996/8)

Nota del Secretario General acerca del establecimiento de un centro regional de capacitación e investigación sobre prevención del delito y justicia penal para los Estados del Mediterráneo (E/CN.15/1996/9)

Informe del Secretario General sobre el niño como víctima y autor de delitos (E/CN.15/1996/10)

Informe del Secretario General acerca de un proyecto de plan de acción sobre la eliminación de la violencia contra la mujer (E/CN.15/1996/11)

Informe del Secretario General sobre medidas prácticas en la esfera de prevención del delito y justicia penal para eliminar la violencia contra la mujer (E/CN.15/1996/12)

Informe del Secretario General acerca de un proyecto de plan de acción sobre cooperación y asistencia internacionales con respecto a las aplicaciones estadísticas e informatizadas en la administración del sistema de justicia penal (E/CN.15/1996/13)

Documentación de antecedentes

Informe del Secretario General sobre la aplicación de la resolución 49/159 de la Asamblea General, relativa a la Declaración Política y el Plan de Acción Mundial de Nápoles contra la Delincuencia Transnacional Organizada (A/50/433)

Tema 4

En la sección IV de su resolución 1995/27, el Consejo Económico y Social pidió a la Comisión que, en su quinto período de sesiones, estudiara, en el marco de un tema separado del programa, las medidas para el control de las armas de fuego que puedan adoptarse comúnmente en los Estados Miembros, a fin de eliminar el uso de esas armas en las actividades delictivas. En la misma sección de dicha resolución, el Consejo pidió al Secretario General que iniciara un estudio sobre temas concretos relacionados con la materia, a fin de proporcionar a la Comisión, en su quinto período de sesiones, una base para el examen de medidas para controlar las armas de fuego. El Consejo pidió también al Secretario General que informara a la Comisión, en su quinto período de sesiones, sobre la aplicación de la resolución 9 del Noveno Congreso (A/CONF.169/16, cap. I), y que le presentara recomendaciones para una acción concertada ulterior en los planos nacional y transnacional, inclusive la posibilidad de recabar las opiniones de los Estados Miembros sobre la preparación de una declaración. La Comisión tendrá a la vista un informe del Secretario General relativo a esas peticiones y cuestiones que incluirá directrices para los consultores nacionales participantes en la preparación de perfiles de países, con propuestas sobre ulteriores medidas de seguimiento (E/CN.15/1996/14).

Documentación

Informe del Secretario General sobre medidas para el control de las armas de fuego (E/CN.15/1996/14)

Tema 5

En su resolución 50/145, la Asamblea General hizo suyas las resoluciones aprobadas por el Noveno Congreso e invitó a los gobiernos a guiarse por ellas.

De conformidad con el anexo de la resolución 46/152 de la Asamblea General, la Comisión actúa como órgano preparatorio de los congresos de las Naciones Unidas sobre prevención del delito y tratamiento del delincuente.

Para su examen del tema 5, la Comisión tendrá a la vista un informe del Secretario General sobre propuestas acerca de los preparativos del Décimo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente (E/CN.15/1996/15).

Documentación

Informe del Secretario General sobre propuestas acerca de los preparativos del Décimo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente (E/CN.15/1996.15)

Documentación de antecedentes

Nota del Secretario General sobre el informe del Noveno Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente (A/50/373)

Informe del Noveno Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en El Cairo del 29 de abril al 8 de mayo de 1995 (A/CONF.169/16/Rev.1)

Tema 6

En la sección VII de su resolución 1992/22, el Consejo Económico y Social decidió que la Comisión incluyera en su programa un tema permanente sobre asistencia técnica, que se refiriera a la línea de actuación más práctica para hacer plenamente operacional el programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal y permitirle atender las necesidades concretas de los gobiernos.

En su resolución 1995/15, el Consejo Económico y Social reafirmó la alta prioridad que concedía a la cooperación técnica y los servicios de asesoramiento, recalcó la importancia de seguir mejorando la capacidad operacional del programa y recomendó vivamente al Secretario General que se siguieran reforzando los servicios de asesoramiento a nivel interregional del programa a fin de apoyar las actividades de asistencia técnica. En la misma resolución, el Consejo pidió al Secretario General que, con cargo al presupuesto ordinario, proporcionara recursos apropiados para que el programa prestara un mejor apoyo y asistencia en materia de planificación a los servicios interregionales de asesoramiento, de conformidad con sus resoluciones 1994/16 y 1994/22 así como con la resolución 49/158 de la Asamblea General.

Asimismo, en su resolución 1995/12, el Consejo pidió al Secretario General que presentara a la Comisión, en su quinto período de sesiones, los resultados de un proyecto para establecer un centro de intercambio de información sobre proyectos internacionales en materia de prevención del delito y justicia penal.

En su resolución 50/146, la Asamblea General pidió al Secretario General que facilitara la adopción de medidas conjuntas, inclusive actividades bilaterales, así como la formulación y ejecución conjuntas de proyectos de asistencia técnica que beneficiasen a los países en desarrollo y a los países en transición, con la colaboración de los países donantes interesados y de los organismos de financiación, particularmente el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y el Banco Mundial, con miras a establecer y mantener sistemas eficientes de justicia penal en cada país como componente esencial de las actividades encaminadas al desarrollo. En la misma resolución, la Asamblea instó al PNUD, al Banco Mundial y a otros organismos internacionales, regionales y nacionales de financiación a que apoyaran las actividades de cooperación técnica en materia de prevención del delito y justicia penal en el plano nacional y a que, en cumplimiento de su mandato, incluyeran actividades de esa índole en sus programas. Además, la Asamblea tomó nota de la contribución del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal a las misiones de mantenimiento de la paz y las misiones especiales de las Naciones Unidas, y alentó al Secretario General a que, como medio de fortalecer el imperio de la ley, recomendara la inclusión del restablecimiento y reforma de los sistemas de justicia penal en las operaciones de mantenimiento de la paz.

Para el examen del tema 6, la Comisión tendrá a la vista un informe del Secretario General sobre cooperación técnica y servicios de asesoramiento del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal (E/CN.15/1996/8). El informe contendrá también la información recibida de los Estados Miembros en conformidad con la resolución 4/1 de la Comisión. En esa resolución, la Comisión reiteró su llamamiento a los Estados sucesores que aún no lo hubieren hecho a que confirmaran ante los depositarios correspondientes que seguirán estando vinculados por las obligaciones derivadas de los tratados internacionales pertinentes sobre la lucha contra las diversas manifestaciones de la delincuencia en los que eran partes sus Estados predecesores, e instó a los Estados sucesores que aún no lo hubieren hecho a que consideraran la posibilidad de ser partes en los tratados internacionales sobre la lucha contra la delincuencia en los que sus Estados predecesores no eran partes.

Documentación

Informe del Secretario General sobre cooperación técnica y servicios de asesoramiento del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal (E/CN.15/1996/8)

Documentación de antecedentes

Informe del Secretario General sobre la aplicación de la resolución 49/158 de la Asamblea General (A/50/432)

Tema 7

En la sección VII de su resolución 1992/22, el Consejo Económico y Social decidió que la Comisión incluyera en su programa un tema permanente sobre las reglas y normas de las Naciones Unidas existentes en materia de prevención del delito y justicia penal, incluida su aplicación práctica. En la sección III de su resolución 1993/34, el Consejo pidió al Secretario General que iniciara un proceso de acopio de información por medio de encuestas acerca de las siguientes reglas y normas de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal: a) Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos2; b) Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley (anexo de la resolución 34/169 de la Asamblea General), juntamente con los Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley3; c) Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del abuso de poder (anexo de la resolución 40/34 de la Asamblea General); d) Principios básicos relativos a la independencia de la judicatura4. Las encuestas habían de llevarse a cabo durante un período de dos años a fin de dar a los Estados Miembros tiempo suficiente para preparar sus respuestas.

En su resolución 1994/18, El Consejo reafirmó la importante contribución que el empleo y la aplicación de las reglas y normas de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal suponía para los sistemas de justicia penal. En la misma resolución, el Consejo invitó a los Estados Miembros a que contestaran a los cuestionarios sobre dichas reglas y normas de las Naciones Unidas y pidió al Secretario General que presentara a la Comisión, en su quinto período de sesiones, un informe sobre las contestaciones. En su resolución 1995/13, el Consejo instó a los gobiernos que no hubieran respondido aún a los cuestionarios a presentar sus contestaciones a tiempo para incluirlas en el informe del Secretario General.

En la sección III de su resolución 1995/27, el Consejo invitó a la Comisión a que siguiera examinando periódicamente la cuestión de las condiciones penitenciarias y, en particular, recomendó que el grupo de trabajo del período de sesiones, abierto a la participación general, sobre reglas y normas de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal examinara, durante el quinto período de sesiones de la Comisión, la creación de mecanismos eficaces de reunión de información para tal fin, teniendo en cuenta los resultados del estudio de las Naciones Unidas sobre el empleo y la aplicación de las Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos2. En la sección IV de esa resolución, el Consejo pidió al Secretario General que solicitara las opiniones de los Estados Miembros y las organizaciones competentes acerca de la conveniencia de preparar un manual sobre la utilización y aplicación de la Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del abuso de poder. Se celebró en Viena una reunión de un grupo de expertos sobre víctimas de delitos y del abuso de poder en el contexto internacional, del 18 al 22 de diciembre de 1995. la Comisión tendrá a la vista las recomendaciones de la reunión (E/CN.15/1996/16/Add.5), incluido un esbozo de un proyecto de manual, y el informe de la reunión (E/CN.15/1996/CRP.1).

En su resolución 50/181, la Asamblea General acogió con satisfacción la importancia de la labor de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal en la esfera de los derechos humanos en la administración de justicia, reflejada, entre otras cosas, en la resolución 1995/13 del Consejo Económico y Social. La Asamblea hizo un llamamiento a los gobiernos para que incluyeran la administración de justicia en sus planes nacionales de desarrollo e invitó a los gobiernos a impartir capacitación en materia de derecho humanos en la administración de justicia, incluida la justicia de menores, a todos los jueces, abogados, fiscales, asistentes sociales y otros profesionales interesados, incluidos los agentes de policía y de inmigración.

La Comisión tendrá a la vista un informe del Secretario General sobre las reglas y normas de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal (E/CN.15/1996/16), juntamente con cuatro informes sobre el empleo y la aplicación de dichas reglas y normas (A/CN.15/1996/16/Add.1-4).

En su resolución 1995/13, el Consejo pidió al Secretario General que elaborara cuestionarios sobre las Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la administración de la justicia de menores (Reglas de Beijing) (anexo de la resolución 40/33 de la Asamblea General), las Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil (Directrices de Riad) (anexo de la resolución 45/112 de la Asamblea General) y las Normas de las Naciones Unidas para la protección de los menores privados de libertad (anexo de la resolución 45/113 de la Asamblea General), que la Comisión debía examinar en su quinto período de sesiones, a fin de pedir al Secretario General que presentara a la Comisión, en un período de sesiones ulterior, un informe sobre las respuestas. La Comisión recibirá una nota del Secretario General acerca del proyecto de cuestionario sobre reglas y normas de las Naciones Unidas en materia de justicia de menores (E/CN.15/1996/17).

En su resolución 4/2, la Comisión pidió al Secretario General que solicitara a los Estados observaciones adicionales sobre la conveniencia y sobre el contenido concreto del proyecto de reglas mínimas para la administración de justicia penal (E/CN.15/1994/11) y que presentara un informe analítico, en el que figurasen opciones sobre la forma de abordar esa cuestión, con miras a que la Comisión lo examine en su quinto período de sesiones. Se presentará a la Comisión el informe del Secretario General sobre la elaboración de reglas mínimas para la administración de justicia penal (E/CN.15/1996/18).

En cumplimiento de las resoluciones 1745 (LIV) y 1989/64 del Consejo Económico y Social, el Secretario General presentó al Consejo, en su período de sesiones sustantivo de 1995, un informe sobre la pena capital y la aplicación de las salvaguardias para garantizar la protección de los derechos de los condenados a la pena de muerte (E/1995/78 y Add.1 y Corr.1). En su resolución 1955/57, el Consejo pidió a la Comisión que examinara el informe en su quinto período de sesiones. Para facilitar las deliberaciones sobre el asunto, el Secretario General invitó a los gobiernos que no hubieran respondido a la anterior encuesta a que comunicaran a la Secretaría sus opiniones, así como toda la información pertinente sobre la cuestión. En consecuencia, la Comisión tendrá a la vista un informe actualizado del Secretario General sobre la pena capital y la aplicación de las salvaguardias para garantizar la protección de los derechos de los condenados a la pena de muerte (E/CN.15/1996/19).

Documentación

Informe del Secretario General sobre las reglas y normas de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal (E/CN.15/1996/16)

Adición al informe del Secretario General: empleo y aplicación de las Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos (E/CN.15/1996/16/Add.1)

Adición al informe del Secretario General: empleo y aplicación del Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, juntamente con los Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley (E/CN.15/1996/16/Add.2)

Adición al informe del Secretario General: empleo y aplicación de la Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del abuso de poder (E/CN.15/1996/16/Add.3)

Adición al informe del Secretario General: empleo y aplicación de los Principios básicos relativos a la independencia de la judicatura (E/CN.15/1996/16/Add.4)

Adición al informe del Secretario General: recomendaciones de la reunión del grupo de expertos sobre víctimas de delitos y del abuso de poder en el contexto internacional, celebrada en Viena del 18 al 22 de diciembre de 1995 (E/CN.15/1996/16/Add.5)

Informe de la reunión del grupo de expertos sobre víctimas de delitos y del abuso de poder en el contexto internacional, celebrada en Viena del 18 al 22 de diciembre de 1995 (E/CN.15/1996/CRP.1)

Nota del Secretario General acerca del proyecto de cuestionario sobre las reglas y normas de las Naciones Unidas en materia de justicia de menores (E/CN.15/1996/17)

Informe del Secretario General sobre la elaboración de las reglas mínimas para la administración de justicia penal (E/CN.15/1996/18)

Informe del Secretario General sobre la pena capital y la aplicación de las salvaguardias para garantizar la protección de los derechos de los condenados a la pena de muerte (E/CN.15/1996/19)

Tema 8

En la sección IV de su resolución 1992/22, el Consejo Económico y Social pidió a la Comisión que cooperase estrechamente con otros órganos y organismos especializados de las Naciones Unidas a fin de aumentar la eficiencia y eficacia de las actividades de las Naciones Unidas en esferas de interés mutuo y asegurar la coordinación adecuada y evitar posibles duplicaciones. Además, el Consejo instó a la Comisión a que cooperase estrechamente con las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales en el desarrollo y la aplicación del programa. Asimismo, el Consejo recomendó que el Secretario General emprendiese, entre otras cosas, la coordinación e integración de las actividades de los institutos interregionales, regionales y asociados que cooperan con las Naciones Unidas en la esfera de la prevención del delito y la justicia penal.

En su resolución 49/158, la Asamblea General pidió al Secretario General que siguiera reforzando la cooperación entre la Subdivisión de Prevención del Delito y Justicia Penal y el Programa de las Naciones Unidas para la Fiscalización Internacional de Drogas (PNUFID). En la misma resolución y en su resolución 50/146, la Asamblea pidió al Secretario General que adoptara todas las medidas necesarias para prestar asistencia a la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal, en su calidad de principal órgano rector en materia de prevención del delito y justicia penal, así como para garantizar la coordinación adecuada de todas las actividades de interés en esta esfera, en particular con la Comisión de Derechos Humanos y la Comisión de Estupefacientes.

En su resolución 3/5, la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal pidió al Secretario General que asegurase una coordinación continua entre las actividades de la Subdivisión de Prevención del Delito y Justicia Penal y del PNUFID. Además, la Comisión pidió a esos dos órganos que le informaran cada año a ella misma y a la Comisión de Estupefacientes sobre los progresos realizados en orden al fortalecimiento de dicha coordinación. La Comisión de Estupefacientes hizo una petición similar en sus resoluciones 1 (XXXVII) y 9 (XXXVIII).

La Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal tendrá a la vista un informe del Secretario General sobre cooperación y coordinación de las actividades en materia de prevención del delito y justicia penal, incluidas las actividades del PNUFID (E/CN.15/1996/20), así como un informe sobre la actividades de los institutos que integran la red del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal (E/CN.15/1996/21).

Se celebró en Courmayeur (Italia), los días 17 y 18 de octubre de 1995, la Décima Reunión conjunta de coordinación de los programas de la red del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal. Se presentará a la Comisión el informe de esta Décima Reunión (E/CN.15/1996/CRP.2).

En su resolución 50/147, la Asamblea General encomió al Instituto Africano de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y el Tratamiento del Delincuente por las actividades que había realizado, a pesar de las dificultades con que tropezaba en el cumplimiento de su mandato, y exhortó a los gobiernos y a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales a que prestaran apoyo técnico y financiero al Instituto para que pudiera cumplir sus objetivos,. Además, la Asamblea pidió al Secretario General que velara por que se proporcionaran recursos suficientes al Instituto, dentro de los límites de las consignaciones generales del presupuesto por programas y con cargo a los recursos extrapresupuestarios, y que presentara propuestas respecto de la financiación adicional que pudiera ser necesaria, de conformidad con la resolución 49/156 y la decisión 49/480 de la Asamblea. Esta pidió también al Secretario General que se asegurara debidamente de que todos los interesados aplicaban lo dispuesto en la resolución 50/147, y que presentara un informe al respecto a la Asamblea en su quincuagésimo primer período de sesiones y a la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal en su quinto período de sesiones.

La Comisión tendrá a la vista el informe del Secretario General sobre el Instituto Africano para la Prevención del Delito y el Tratamiento del Delincuente, presentado a la Asamblea General en su quincuagésimo período de sesiones (A/50/375).

Documentación

Informe del Secretario General sobre cooperación y coordinación de las actividades en materia de prevención del delito y justicia penal, incluidas las actividades del Programa de las Naciones Unidas para la Fiscalización Internacional de Drogas (E/CN.15/1996/20)

Informe del Secretario General sobre las actividades de los institutos que integran la red del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal (E/CN.15/1996/21)

Informe de la Décima Reunión conjunta de coordinación de los programas de la red del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal, celebrada en Courmayeur (Italia) los días 17 y 18 de octubre de 1995 (E/CN.15/1996/CRP.2)

Documentación de antecedentes

Informe del Secretario General sobre el Instituto Africano de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y el Tratamiento del Delincuente (A/50/375)

Temas 9 y 10

En su resolución 50/146, la Asamblea General reafirmó la importancia del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal y la función fundamental que debía desempeñar en la promoción de la cooperación internacional. Pidió al Secretario General que siguiera fortaleciendo el programa porporcionándole los recursos necesarios para el pleno cumplimiento de sus mandatos, inclusive las actividades relacionadas con la Declaración Política y el Plan de Acción Mundial de Nápoles y con el Noveno Congreso.

En la misma resolución, la Asamblea subrayó la importancia de seguir mejorando las actividades operacionales del programa, particularmente en los países en desarrollo y los países en transición. Instó a los Estados y a los organismos de financiación a que aportaran considerables contribuciones financieras a las actividades operacionales de prevención del delito y justicia penal y alentó a todos los Estados a aportar contribuciones voluntarias con tal fin al Fondo de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y la Justicia Penal.

En la misma resolución, la Asamblea reafirmó la importancia del artículo 28 del reglamento de las comisiones orgánicas del Consejo Económico y Social [El artículo 28 dice lo siguiente (E/5975/Rev.1):

"1. Antes de que la comisión apruebe una propuesta que suponga desembolsos de fondos de las Naciones Unidas, el Secretario General preparará y facilitará a la comisión una estimación de las consecuencias que entrañará para el presupuesto por programas la ejecución de la propuesta. El Presidente señalará esa estimación y la someterá a debate cuando la propuesta sea examinada por la comisión.

2. Toda propuesta para el presupuesto por programas recomendada por la comisión al Consejo para que éste la apruebe debe consignarse estableciendo los objetivos que se han de alcanzar."]e instó al Secretario General a que proporcionara la información pertinente a la Comisión. Además, la Asamblea pidió al Secretario General que adoptara todas las medidas necesarias para prestar mejores servicios a la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal, en sus futuros períodos de sesiones, con miras a velar por la plena aplicación de las resoluciones pertinentes de la Comisión sobre la gestión estratégica de la Comisión en el contexto de las normas y los reglamentos de las Naciones Unidas.

En su resolución 50/214, la Asamblea aprobó la conversión en división de la Subdivisión de Prevención del Delito y Justicia Penal, la reclasificación del puesto de la categoría D-1 del jefe de la Subdivisión a la categoría D-2, así como la creación de dos puestos de la categoría P-3. Además, la Asamblea pidió al Secretario General que examinara si se disponía de suficientes recursos para las actividades de prevención del delito en el plano regional y que le informara al respecto en su quincuagésimo primer período de sesiones.

En la misma resolución, se pedía al Secretario General que informara a la Asamblea sobre la situación del plan de gestión estratégica de la División de Prevención del Delito y Justicia Penal aprobado por la Comisión en su resolución 1/1, en particular, entre otras cosas, sobre las actividades que habían alcanzado resultados comprobables en la lucha contra la delincuencia internacional, la contribución a la vigilancia internacional del cumplimiento de la ley y otros aspectos de la ejecución de los mandatos vigentes del Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente y la Comisión.

En su cuarto período de sesiones, la Comisión aprobó la resolución 4/3, relativa al suministro de información de conformidad con el plan de gestión estratégica del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal por la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal. Por esa resolución, la Comisión decidió que, a partir de su quinto período de sesiones, se incluyera un tema fijo en su programa a fin de que pudiera determinar en qué medida se habían ejecutado satisfactoriamente las actividades de conformidad con su resolución 1/1 y examinar la información suministrada con arreglo al anexo de la resolución 4/3. Además, la Comisión pidió al Secretario General que prestara a los Estados Miembros la asistencia necesaria para aplicar la resolución 4/3, comprendido el suministro de información sobre la disponibilidad de recursos.

La Comisión recibirá extractos del informe del Secretario General sobre la ejecución de los programas de las Naciones Unidas en el bienio 1994-1995 (A/51/...), así como un informe del Secretario General sobre gestión estratégica (E/CN.15/1996/22). La Comisión tendrá también a la vista, para su información, la sección 13 del presupuesto por programas para el bienio 1996-1997 (A/50/6/Rev.1).

El plan de mediano plazo de las Naciones Unidas es la principal directriz de política de la Organización y sirve de marco para la formulación de los presupuesto bienales por programas. La contribución al proyecto de plan de mediano plazo para el período 1998-2001 relativa al programa 8 (Prevención del delito y justicia penal) figura en un documento de sesión (E/CN.15/1996/CRP.3). En la sección I de su resolución 47/214, la Asamblea General subrayó la importancia de las contribuciones de los órganos intergubernamentales en lo que respecta al examen del plan. Así pues, la Comisión tal vez estime oportuno tomar nota del proyecto de plan de mediano plazo y presentar la observaciones sobre el mismo que considere adecuadas. Sus observaciones se transmitirían seguidamente al Comité del Programa y de la Coordinación así como a la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto, que examinarán el plan en su totalidad antes de presentarlo al Consejo Económico y Social y a la Asamblea General.

Documentación

Informe del Secretario General sobre gestión estratégica (E/CN.15/1996/22).

Contribución al proyecto de plan de mediano plazo para el período 1998-2001 relativa al programa 8 (Prevención del delito y justicia penal) (E/CN.15/1996/CRP.3)

Documentación de antecedentes

Sección 13 del presupuesto por programas para el bienio 1996-1997 (A/50/6/Rev.1)

Tema 11

De conformidad con el artículo 9 del reglamento de las comisiones orgánicas del Consejo Económico y Social, la Comisión tendrá a la vista el programa provisional de su sexto período de sesiones, juntamente con una indicación de los documentos que se han de presentar en relación con cada tema del programa y la base legislativa para su elaboración.

Documentación

Nota del Secretario General sobre el programa provisional y la documentación del sexto período de sesiones de la Comisión (E/CN.15/1996/L. ...)

Tema 12

El informe de la Comisión sobre su quinto período de sesiones se presentará al Consejo Económico y Social en su período de sesiones sustantivo de 1996.

Se señala a la atención de la Comisión la sección II de la resolución 1989/114 del Consejo Económico y Social, en la que el Consejo pidió a sus órganos subsidiarios que señalaran las recomendaciones de política y las decisiones resultantes de sus deliberaciones para examinarlas y tomar las medidas oportunas.

Notas

1 Revista Internacional de Policía Criminal, Nos. 41 y 42 (Publicación de las Naciones Unidas, Núm. de venta S.93.IV.4).

2 Primer Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, Ginebra, 22 de agosto a 3 de septiembre de 1955: informe preparado por la Secretaría (publicación de las Naciones Unidas, Núm. de venta: S.1956.IV.4), anexo I.A.

3 Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, La Habana, 27 de agosto a 7 de septiembre de 1990: informe preparado por la Secretaría (publicación de las Naciones Unidas, Núm. de venta: S.91.IV.2), cap. I, sec. B.2, anexo.

4 Séptimo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, Milán, 26 de agosto a 6 de septiembre de 1985: informe preparado por la Secretaría (publicación de las Naciones Unidas, Núm. de venta: S.86.IV.1), cap. I, sec. D.2, anexo.

Anexo I

MIEMBROS DE LA COMISIÓN DE PREVENCIÓN DEL DELITO Y JUSTICIA PENAL EN SU

QUINTO PERÍODO DE SESIONES QUE SE HA DE CELEBRAR EN VIENA

DEL 21 AL 31 DE MAYO DE 1996

Año en que concluye

el mandato

(al 31 de diciembre)

Alemania 1996

Angola 1997

Argentina 1997

Austria 1996

Belarús 1997

Brasil 1996

Burundi 1997

Canadá 1997

China 1997

Colombia 1996

Congo 1996

Costa Rica 1997

Cuba 1996

Estados Unidos de América 1997

Federación de Rusia 1996

Finlandia 1996

Francia 1997

Hungría 1996

Indonesia 1997

Irán (República Islámica del) 1997

Italia 1997

Japón 1996

Madagascar 1997

Malasia 1996

Malawi 1996

Marruecos 1996

México 1997

Nicaragua 1997

Nigeria 1997

Pakistán 1996

Paraguay 1997

Polonia 1997

República de Corea 1997

República Unida de Tanzanía 1996

Sri Lanka 1996

Sudán 1996

Tailandia 1997

Túnez 1996

Uganda 1996

Zaire 1996

Anexo II

PROPUESTA RELATIVA A LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJOS DE LA

COMISIÓN DE PREVENCIÓN DEL DELITO Y JUSTICIA PENAL

EN SU QUINTO PERÍODO DE SESIONES

1. La propuesta relativa a la organización de los trabajos del quinto período de sesiones de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal, que figura a continuación, se ha preparado de conformidad con las decisiones pertinentes de la Asamblea General y el Consejo Económico y Social. La finalidad de la propuesta es facilitar el examen de los temas del programa dentro del tiempo disponible, teniendo en cuenta los servicios de conferencias asignados a la Comisión. La propuesta de organización de los trabajos y de calendarios se ha preparado en el entendimiento de que la Comisión aceptará la petición del Gobierno de Egipto (E/CN.15/1996/9) de aplazar el examen de la propuesta de establecer un centro regional de capacitación e investigación sobre prevención del delito y justicia penal para los Estados del Mediterráneo y de que, en consecuencia, no se constituirá durante el quinto período de sesiones de la Comisión el grupo de trabajo destinado a estudiar ese asunto, en cumplimiento de la sección I de la resolución 1995/27 del Consejo.

2. El calendario propuesto tiene un carácter meramente indicativo. Cuando la Comisión concluya el debate general de un tema antes del tiempo indicado, podrá pasar a examinar inmediatamente el tema siguiente de su programa de trabajo.

3. En cumplimiento de la resolución 1995/11 del Consejo Económico y Social, se establecerá en el marco de la Comisión, en su quinto período de sesiones, un grupo de trabajo (que se denominará grupo de trabajo I) encargado de examinar los resultados del análisis de la información reunida por la Secretaría sobre las estructuras y la dinámica de la delincuencia transnacional organizada, así como las opiniones de los gobiernos sobre la oportunidad y repercusión de una convención o convenciones contra la delincuencia transnacional organizada y sobre las cuestiones y los elementos que cabría abordar en tales instrumentos, y de proponer nuevas medidas sobre la aplicación de la Declaración Política y el Plan de Acción Mundial de Nápoles contra la Delincuencia Transnacional Organizada (A/49/748, anexo, sec. I.A).

4. De conformidad con la sección II de la resolución 1995/27 del Consejo Económico y Social, se establecerá en el marco de la Comisión, en su quinto período de sesiones, un grupo de trabajo (que se denominará grupo de trabajo II) encargado de examinar las opiniones de los Estados Miembros recabadas por el Secretario General en aplicación del párrafo 1) de la resolución 3 del Noveno Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en El Cairo del 29 de abril al 8 de mayo de 1995 (A/CONF.169/16, cap. I). Ese grupo de trabajo estudiará también medidas encaminadas a luchar contra la delincuencia transnacional organizada, incluida la preparación de un código de conducta u otro instrumento jurídico, teniendo debidamente en cuenta el creciente peligro de vínculos entre la delincuencia organizada y los delitos terroristas.

5. En cumplimiento de la sección III de la resolución 1993/34 del Consejo Económico y Social, un grupo de trabajo (que se denominará grupo de trabajo III) analizará, entre otras cosas, la función de las Naciones Unidas en la promoción del empleo y aplicación de las Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusosa; el Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley (anexo de la resolución 34/168 de la Asamblea General), juntamente con los Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la leyb; la Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del abuso de poder (anexo de la resolución 40/34 de la Asamblea General); y los Principios básicos relativos a la independencia de la judicaturac. En su resolución 1995/13, el Consejo invitó a ese grupo de trabajo a que realizara un examen general del sistema de reunión de información, incluidos los medios para mejorar aún más ese sistema.

6. En cumplimiento del párrafo 29 de la sección IV de la resolución 1995/27 del Consejo, un grupo de trabajo (que se denominará grupo de trabajo IV) examinará las opiniones de los Estados Miembros, los institutos integrantes de la red del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal y las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales sobre el proyecto de un plan de acción, en el contexto de la prevención del delito y la justicia penal, relativo a la eliminación de la violencia contra la mujer. En cumplimiento del párrafo 25 de la sección IV de la resolución 1995/27 del Consejo, el grupo de trabajo procurará también encontrar formas de preparar y emprender actividades prácticas, incluidos servicios de capacitación, investigación y asesoramiento, con el objetivo de prevenir y erradicar la violencia contra los niños. En cumplimiento del párrafo 7 de la sección III de la resolución 1995/27 del Consejo, el mismo grupo de trabajo examinará también un proyecto de plan de acción sobre cooperación y asistencia internacionales con respecto a las aplicaciones estadísticas e informatizadas en la administración del sistema de justicia penal, en armonía con las prioridades del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal (E/CN.15/1996/13).

7. Por decisión 1995/242, el Consejo Económico y Social decidió que se prestaran a la Comisión, en su quinto período de sesiones, aparte de las sesiones plenarias, servicios completos de interpretación para un total de 14 sesiones dedicadas a consultas oficiosas sobre proyectos de propuesta y para las sesiones de los grupos de trabajo de composición abierta, determinando la Comisión, en su quinto período de sesiones, en relación con el tema de su programa titulado "Aprobación del programa y organización de los trabajos", la distribución exacta del tiempo asignado a las distintas clases de sesiones. Dicha decisión se adoptó en la inteligencia de que no se celebrarían más de dos sesiones simultáneas a fin de lograr el máximo grado de participación de las delegaciones.

8. Se propone que se asignen dos sesiones a cada uno de los grupos de trabajo I y II, mientras que deberían asignarse tres sesiones a cada uno de los grupos de trabajo III y IV. Asimismo se propone que se asignen cuatro sesiones a consultas oficiosas sobre propuestas y recomendaciones acerca de puntos sustantivos del programa. En consecuencia, los grupos de trabajo, que tendrán a su disposición servicios de interpretación en todos los idiomas oficiales de las Naciones Unidas, debieran iniciar sus sesiones en la mañana del martes 21 de mayo de 1996, inmediatamente después de la apertura del período de sesiones, y continuarlas hasta la tarde del martes 28 de mayo de 1996, inclusive. Las consultas oficiosas del Comité Plenario sobre proyectos de propuesta deberían empezar en la mañana del miércoles 29 de mayo de 1996 y continuar hasta la tarde del jueves 30 de mayo de 1996, inclusive.

9. Se propone además que se fije un límite de 10 minutos para las intervenciones sobre temas sustantivos del programa.

10. Se han tomado disposiciones para celebrar sesiones de mañana y de tarde durante el quinto período de sesiones de la Comisión. Se propone que las sesiones tengan lugar de 10.00 a 13.00 horas y de 15.00 a 18.00 horas.

Fecha Hora Tema

Martes,

21 de mayo de 1996

Mañana Apertura del período de sesiones

Sesión plenaria

Tema 1. Elección de la Mesa

Tema 2. Aprobación del programa y organización de los trabajos

Tema 3. Examen de temas prioritarios

a) La delincuencia nacional y transnacional, la delincuencia organizada y económica, incluido el blanqueo de dinero, y la función del derecho penal en la protección del medio ambiente

b) La prevención de la delincuencia en las zonas urbanas y de la delincuencia juvenil y de carácter violento

c) La eficiencia, equidad y mejora de la gestión y administración de los sistemas de justicia penal y sistemas conexos, con la debida atención al fortalecimiento de las capacidades nacionales de los países en desarrollo para la periódica reunión, cotejo, análisis y utilización de datos con miras a la formulación y aplicación de políticas apropiadas

Grupo de trabajo I: Seguimiento de la Declaración Política y el Plan de Acción Mundial de Nápoles contra la Delincuencia Transnacional Organizada

13.00 horas

Tarde

Cierre de la lista de oradores sobre el tema 3

Tema 3. Continuación del debate general

Grupo de trabajo I: Seguimiento de la Declaración Política y el Plan de Acción Mundial de Nápoles contra la Delincuencia Transnacional Organizada

Miércoles,

22 de mayo de 1996

Mañana Sesión plenaria

Tema 3. Continuación del debate general

Grupo de trabajo II: Vínculos entre la delincuencia transnacional organizada y los delitos terroristas

Tarde Tema 3. Continuación y conclusión del debate general

Grupo de trabajo II: Vínculos entre la delincuencia transnacional organizada y los delitos terroristas

Jueves,

23 de mayo de 1996

Mañana Sesión plenaria

Tema 4. Medidas para el control de las armas de fuego

Grupo de trabajo III: Reglas y normas de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal; estudio de los informes del Secretario General y examen del sistema de reunión de información

13.00 horas Cierre de la lista de oradores sobre el tema 4
Tarde Sesión plenaria

Tema 4. Continuación y conclusión del debate geneal

Tema 5. Décimo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente

Grupo de trabajo III: Reglas y normas de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal; estudio de los informes del Secretario General y examen del sistema de reunión de información

17.00 horas Cierre de la lista de oradores sobre el tema 5
18.00 horas Fin del plazo para la presentación de recomendaciones de los grupos de trabajo II y III
Viernes,

24 de mayo de 1996

Mañana Sesión plenaria

Tema 5. Continuación y conclusión del debate general

Tema 6. Cooperación técnica y fortalecimiento del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal

Grupo de trabajo III: Reglas y normas de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal; estudio de los informes del Secretario General y examen del sistema de reuniónde información

13.00 horas Cierre de la lista de oradores sobre el tema 6
Tarde Sesión plenaria

Tema 6. Continuación del debate general

Grupo de trabajo IV: Proyecto de plan de acción sobre la eliminación de la violencia contra la mujer; programa de acción sobre la justicia de menores y la erradicación de la violencia contra los niños; proyecto de plan de acción sobre la cooperación internacional en las aplicaciones de la informatización

18.00 horas Fin del plazo para la presentación de proyectos de propuesta sobre los temas 3 y 4
Martes,

28 de mayo de 1996

Mañana Sesión plenaria

Tema 6. Continuación y conclusión del debate general

Tema 7. Reglas y normas de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal

Grupo de trabajo IV. Proyecto de plan de acción sobre la eliminación de la violencia contra la mujer; programa de acción sobre la justicia de menores y la erradicación de la violencia contra los niños; proyecto de plan de acción sobre la cooperación internacional en las aplicaciones de la informatización

Tarde Sesión plenaria

Tema 7. Continuación y conclusión del debate general

Grupo de trabajo IV: Proyecto de plan de acción sobre la eliminación de la violencia contra la mujer; programa de acción sobre la justicia de menores y la erradicación de la violencia contra los niños; proyecto de plan de acción sobre la cooperación internacional en las aplicaciones de la informatización

17.00 horas Cierre de la lista de oradores sobre el tema 7
18.00 horas Fin del plazo para la presentación de proyectos de propuesta sobre los temas 5 y 6

Fin del plazo para la presentación de recomendaciones del grupo de trabajo I

Miércoles,

29 de mayo de 1996

Mañana Sesión plenaria

Tema 7. Continuación y conclusión del debate general

Tema 8. Cooperación y coordinación de las actividades con otros organismos de las Naciones Unidas y otras entidades

13.00 horas Cierre de la lista de oradores sobre el tema 8

Comité Plenario: Consultas oficiosas

Tarde Sesión plenaria

Tema 8. Continuación y conclusión del debate general

Comité Plenario: Consultas oficiosas

18.00 horas Fin del plazo para la presentación de proyectos de propuesta sobre los temas 7 y 8
Jueves,

30 de mayo de 1996

Mañana Sesión plenaria

Temas 9 y 10.Cuestiones relativas al plan de gestión

estratégica y al programa

Examen y medidas relativos a los proyectos de propuesta sobre los temas 3, 4 y 5

Comité Plenario: Consultas oficiosas

13.00 horas Cierre de la lista de oradores sobre los temas 9 y 10
Tarde Sesión plenaria

Temas 9 y 10. Continuación y conclusión del debate general

Examen y medidas relativos a los proyectos de propuesta sobre los temas 6, 7 y 8

Comité Plenario: Consultas oficiosas

18.00 horas Fin del plazo para la presentación de proyectos de propuesta sobre los temas 9 y 10
Viernes,

31 de mayo de 1996

Mañana Examen y medidas relativos a todo proyecto de propuesta pendiente

Tema 11. Programa provisional del sexto período de sesiones de la Comisión

Tarde Tema 12. Aprobación del informe de la Comisión sobre su quinto período de sesiones

Clausura del período de sesiones

Notas

aPrimer Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, Ginebra, 22 de agosto a 3 de septiembre de 1955: informe preparado por la Secretaría (publicación de las Naciones Unidas, Núm. de venta: S.1956.IV.4), anexo I.A.

bOctavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, La Habana, 27 de agosto a 7 de septiembre de 1990: informe preparado por la Secretaría (publicación de las Naciones Unidas, Núm. de venta: S.91.IV.2), cap. I, sec. B.2, anexo.

cSéptimo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, Milán, 26 de agosto a 6 de septiembre de 1985: informe preparado por la Secretaría (publicación de las Naciones Unidas, Núm. de venta S.86.IV.1), cap. I, sec. D.2, anexo.