E/CN.15/1996/12
20 de marzo de 1996
ESPAÑOL
Original: INGLÉS
COMISIÓN DE PREVENCIÓN DEL DELITO
Y JUSTICIA PENAL
Quinto período de sesiones
Viena, 21 a 31 de mayo de 1996
Tema 3 del programa provisional [ * E/CN.15/1996.1.]
para eliminar la violencia contra la mujer
Informe del Secretario General
ÍNDICE
Párrafos, Página
INTRODUCCIÓN 1 - 2, 2
I. ANTECEDENTES DE FONDO 3 - 11, 2
II. ACTIVIDADES REALIZADAS POR LOS INSTITUTOS QUE INTEGRAN
LA RED DEL PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS EN MATERIA
DE PREVENCIÓN DEL DELITO Y JUSTICIA PENAL 12 - 39, 4
A. Publicaciones e información 13 - 20, 4
B. Reuniones y conferencias 21 - 23, 5
C. Proyectos de investigación 24 - 36, 6
D. Cooperación técnica 37 - 39, 10
III. CONCLUSIÓN 40 - 42, 11
1. La Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal, en su resolución 3/1, titulada "La violencia contra la mujer y el niño", invitó a los institutos de la red del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal a presentar un informe a la Comisión, en su quinto período de sesiones, sobre las medidas prácticas que podrían adoptarse en la esfera de la prevención del delito y la justicia penal para combatir la violencia contra las mujeres y los niños. El Consejo Económico y Social, en la sección IV de su resolución 1995/27, invitó a dichos institutos a promover y llevar a cabo actividades prácticas para eliminar la violencia contra la mujer, comprendidos servicios de capacitación y asesoramiento, y a elaborar propuestas sobre otras medidas que se podrían adoptar en la esfera de la prevención del delito y la justicia penal para eliminar la violencia contra la mujer, así como a presentar un informe sobre estas cuestiones a la Comisión en su quinto período de sesiones.
2. En su cuarto período de sesiones la Comisión examinó un informe del Secretario General sobre las actividades de los órganos e instituciones de las Naciones Unidas con respecto a la cuestión de la violencia contra la mujer y los niños (E/CN.15/1995/5). En dicho informe se destacaron las actividades pasadas, presentes y previstas en lo que se refiere a la violencia contra la mujer y los niños. El informe se examinó teniendo en cuenta los resultados del Noveno Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en El Cairo del 29 de abril al 8 de mayo de 1995, en especial las deliberaciones llevadas a cabo en el marco del tema 6 del programa, la resolución 81 del Noveno Congreso y el examen efectuado en el curso práctico sobre prevención de la delincuencia de carácter violento (A/50/373, anexo). En su cuarto período de sesiones la Comisión puso de relieve que la violencia contra la mujer constituía una de las formas más frecuentes de violencia. Además, la Comisión señaló que en su tercer período de sesiones y en el Noveno Congreso la violencia contra la mujer había surgido como una cuestión apremiante. Se afirmó que la Comisión, en su quinto período de sesiones debería debatir la formulación de un proyecto de plan de acción para la eliminación de la violencia contra la mujer2. La Comisión tendrá ante sí un informe del Secretario General sobre el proyecto del plan de acción (E/CN.15/1996/11).
3. En el curso de los años la Asamblea General, el Consejo Económico y Social y los órganos normativos especializados en la prevención del delito y la justicia penal han formulado recomendaciones con respecto a las diversas formas de violencia contra la mujer. Estas recomendaciones han permitido alcanzar progresos en el entendimiento y tratamiento de esa cuestión por parte de la comunidad mundial.
4. La primera resolución sobre esta cuestión fue la resolución 40/36 de la Asamblea General, sobre la violencia en el hogar, aprobada por recomendación del Sexto Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en Milán del 26 de agosto al 6 de septiembre de 1975. En la indicada resolución, la Asamblea se ocupó de la cuestión desde una perspectiva criminológica, invitando a los Estados Miembros a que adoptasen medidas concretas con miras a que el sistema de prevención del delito y justicia penal respondiera mejor a la violencia en el hogar, por ejemplo promulgando legislación y procedimientos penales y mejorando la situación y el tratamiento equitativo de las víctimas femeninas.
5. El examen por el Séptimo Congreso del informe del Secretario General sobre la situación de la mujer como víctima de delitos (A/CONF.121/16) y el informe del Secretario General sobre el tratamiento equitativo de la mujer en el sistema de justicia penal (A/CONF.121/17 y Corr.1 y Add.1) constituyó una importante medida para que la justicia penal sea en general más eficaz en caso de delitos contra la mujer. Posteriormente, el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990, examinó un informe del Secretario General sobre la violencia en el hogar (A/CONF.144/17).
6. La resolución 45/114 de la Asamblea General, sobre la violencia en el hogar, aprobada por recomendación del Octavo Congreso, destacó la perspectiva victimológica en lo relativo a la violencia contra la mujer. El Noveno Congreso, en su resolución 81, condenó firmemente todas las violaciones de los derechos humanos de la mujer e instó a los Estados Miembros a que adoptasen iniciativas para eliminar todas las formas de violencia contra la mujer. En esa misma resolución, el Noveno Congreso recomendó que el Grupo de Trabajo del período de sesiones de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal, en su cuarto período de sesiones, buscase la manera de que se desarrollasen actividades prácticas en materia de prevención del delito y justicia penal para alcanzar la meta de evitar y erradicar la violencia contra la mujer.
7. En su propia esfera de competencia especializada, la División de Prevención del Delito y Justicia Penal[ La Subdivisión de la Secretaría de Prevención del Delito y Justicia Penal se convirtió en división en virtud de la resolución 50/214 de la Asamblea General. Para mayor facilidad, en todo el presente informe la Subdivisión se denomina División.], junto con los institutos que integran la red del programa, ha contribuido a lo largo de los años a muchas actividades de otros programas de las Naciones Unidas, sobre todo en las esferas de los derechos humanos, los derechos del niño y el progreso de la mujer, en especial mediante lo siguiente: preparación del informe del Relator Especial sobre la lucha contra la trata de personas y la explotación de la prostitución ajena; preparativos de las Conferencias Mundiales sobre la mujer y de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena del 14 al 25 de junio de 1993; formulación de las disposiciones relacionadas con la justicia de la Convención sobre los Derechos del Niño (anexo de la resolución 44/25 de la Asamblea General); y preparación de la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer (resolución 48/104 de la Asamblea General), en la que figura una definición de la violencia contra la mujer.
8. La División se ha ocupado desde hace tiempo de la violencia contra la mujer. A principios del decenio de 1980 empezó a ocuparse de los derechos de la mujer en la administración de justicia, mujer como víctima del delito y los actos discriminarorios de violencia, abuso y explotación perpetrados contra la mujer por razón de su sexo, en el contexto del tratamiento y el trato diferenciado de la mujer, como delincuente y como víctima, y su "tratamiento equitativo" por parte de los sistemas de justicia penal, a todos los niveles y fases de actuación. En el Séptimo Congreso se presentaron los resultados de la encuesta de las Naciones Unidas sobre la situación de la mujer y la administración de los sistemas de justicia penal, 1970-1982[ Véase el informe del Secretario General sobre el tratamiento equitativo de la mujer en el sistema de justicia penal (A/CONF.121/17 y Corr.1 y Add.1), el informe del Secretario General sobre la situación de la mujer como víctima de delitos (A/CONF.121/16) y el documento de trabajo preparado por la Secretaría sobre juventud, delito y justicia (A/CONF.121/7).].
9. La División ha presentado varios informes técnicos de orientación normativa y ha llevado a cabo diversos estudios, actividades del programa e iniciativas para tratar de fomentar respuestas de "tratamiento equitativo" por parte de los sistemas de justicia penal en lo que respecta a los delitos de que son víctimas las mujeres. Las cuestiones tratadas incluyen los derechos de la mujer y las adolescentes en la administración de justicia; la explotación de la trata y la prostitución de mujeres y niños; las necesidades concretas de las presas; la violencia en la familia; la violencia en el hogar; la violencia contra la mujer en instituciones y lugares de detención; la mujer como víctima de violencias, abusos y explotación; la violencia contra la mujer; la prevención de la delincuencia femenina; la justicia de menores y la prevención de la delincuencia [Véase, Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la administración de la justicia de menores ("Reglas de Beijing") (anexo de la resolución 40/33 de la Asamblea General), Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil (Directrices de Riad) (anexo de la resolución 45/112 de la Asamblea General) y Reglas de las Naciones Unidas para la Protección de los Menores Privados de Libertad (anexo de la resolución 45/113 de la Asamblea General); véase también el documento de trabajo preparado por la Secretaría sobre juventud, delito y justicia (A/CONF.121/7).], así como la igualdad en la participación de personal femenino en la administración de justicia, a todos los niveles.
10. Más recientemente, la División ha colaborado en el Plan de mediano plazo a nivel de todo el sistema para el adelanto de la mujer para el período 1996-2001 y ha pasado a ser uno de los organismos asociados en el ejercicio a nivel de todo el sistema destinado a aplicar la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing (A/CONF.177/20, cap. I, resolución 1, anexos I y II), aprobada por la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer: Acción para la Igualdad, el Desarrollo y la Paz, celebrada en Beijing del 4 al 15 de septiembre de 1995, en especial en lo relativo a los objetivos estratégicos D.1 a D.3, sobre la violencia contra la mujer, y los objetivos estratégicos L.1 a L.9, sobre la niña (A/CONF.177/20, cap. I, resolución 1, anexo II, párrs. 124 a 130 y 274 a 285).
11. La División ha coordinado las actividades de los institutos que integran la red del programa y ha contado con sus actividades y aportaciones de apoyo y complementarias para desempeñar sus responsabilidades generales y sus mandatos con respecto a la mujer como víctima del delito y las respuestas correspondientes por parte de los sistemas de justicia penal. Como puede verse en la sección II siguiente, las actividades de estos institutos se han ampliado gradualmente atendiendo llamamientos formulados por la comunidad internacional para otorgar prioridad a la eliminación de la violencia contra la mujer [ Por ejemplo, después de que la División publicara en 1993 Strategies for Confronting Domestic Violence: a Resource Manual (ST/CSDHA/20), se llevaron acabo actividades complementarias para fomentar su utilización por medio de la cooperación técnica.].
DEL PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS EN MATERIA DE
PREVENCIÓN DEL DELITO Y JUSTICIA PENAL
12. A continuación se resumen las actividades pertinentes que han llevado a cabo los institutos que integran la red del programa, divididas en las categorías siguientes: publicaciones e información; reuniones y conferencias; proyectos de investigación; cooperación técnica.
13. El Instituto Interregional de las Naciones Unidas para Investigaciones sobre la Delincuencia y la Justicia (UNICRI) ha publicado recientemente, entre otros, los siguientes informes. Violence in the Family: An International Bibliography with Literature Review;3 examen general de los problemas e intervenciones relacionados con la violencia en el hogar contra la mujer y los niños; y Women's Victimization in Developing Countries4.
14. El UNICRI facilitó datos sobre ataques sexuales para la segunda edición de Situación de la Mujer en el mundo, 1995: Tendencias y estadísticas5, publicación preparada por la División de Estadística del Departamento de Información Económica y Social y Análisis de Políticas de la Secretaría. Asimismo, el UNICRI preparó un documento sobre la mujer como víctima del delito que se publicará en breve.
15. En cooperación con los departamentos de justicia y de bienestar social y salud del Canadá y la División de Prevención del Delito y Justicia Penal, el Instituto Europeo de Prevención del Delito y Lucha contra la Delincuencia, afiliado a las Naciones Unidas, participó en la preparación de Strategies for Confronting Domestic Violence: a Resource Manual6, destinado a abogados penalistas. El Instituto Europeo financió la publicación del manual en inglés.
16. Una contribución del Gobierno de Australia permite que el Instituto Australiano de Criminología facilite datos comparados sobre la eficacia de las respuestas de diferentes sistemas jurídicos frente a la violencia contra la mujer, tarea para la que se estableció un comité de dirección en enero de 1996 y cuyos cursos prácticos y programas de investigación finalizarán en junio de dicho año.
17. El Instituto Australiano de Criminología ha empezado a examinar los logros de la investigación de cuestiones normativas relativas a la violencia contra la mujer en Australia. El punto de partida de este examen lo constituyó una amplia investigación informativa que utilizó como recurso su propia base de datos. Los resultados de esta investigación se están elaborando en forma de bibliografía. Otros exámenes de la violencia contra la mujer se realizan como actividades del centro de información del Instituto.
18. Entre las publicaciones recientes del Instituto Australiano de Criminología figuran las siguientes: Promise of Crime Prevention: Leading Crime Prevention Programmes, en la que se describen las estrategias preventivas encaminadas a reducir la violencia contra la mujer y los niños, y Domestic Violence as a Form of Child Abuse: Identification and Prevention.
19. En 1995, el Centro Internacional de Reforma del Derecho Penal y de Política Penal publicó una bibliografía de los efectos de la delincuencia organizada sobre las mujeres y los niños, que está disponible en forma impresa y electrónica.
20. Entre las publicaciones recientes del Instituto Raoul Wallenberg de Derechos Humanos y Derecho Humanitario cabe citar las siguientes:
a) A Guide to the Human Rights of Women: Global and Regional Standards Adopted by Intergobernmental and Non-Governmental Organizations and Professional Associations7;
b) The Equal Status and Human Rights of Women: A Compilation of Country Reports from the Advanced International Programme in Lund8.
21. El UNICRI participó en las reuniones siguientes:
a) Debates de grupos de expertos, organizados en el marco de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, relativos a la mujer, el uso indebido de drogas y la toxicodependencia, los derechos humanos de la mujer, y la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias;
b) Organización, en el marco del Noveno Congreso, del curso práctico sobre la prevención de delitos violentos;
c) Reunión del Grupo de Expertos sobre medidas para eliminar la violencia contra la mujer, organizada por la División de la Secretaría para el Adelanto de la Mujer, en colaboración con el Centro para la Función de Dirección de la Mujer de la Universidad Rutgers[ La reunión, que se celebró en Newark, Nueva Jersey, del 4 al 8 de octubre de 1993, tuvo por finalidad evaluar medidas encaminadas a eliminar la violencia contra la mujer, haciendo hincapié en sus causas, entre ellas la subordinación de la mujer en la sociedad, la falta de cumplimiento del derecho y las sanciones penales, y la legitimación o no penalización de determinadas prácticas tradicionales de que la mujer es víctima que no están codificadas en el derecho penal. Se prestó especial atención a la responsabilidad del Estado de evitar las agresiones contra la mujer. La reunión se celebró con miras a contribuir a la labor de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer y otros órganos interesados.].
22. Desde 1991 el Instituto Raoul Wallenberg ha organizado un programa universitario de difusión de las normas de derechos humanos y los valores democráticos. En los dos últimos años este programa se ha centrado en los países de Europa central y oriental. Se trata de un programa interdisciplinario que reúne aspectos jurídicos y de las ciencias sociales y abarca las esferas del desarrollo y la democratización. Está abierto a participantes de países en desarrollo y se dirige principalmente a las organizaciones femeninas, los altos funcionarios de los organismos oficiales encargados de cuestiones relacionadas con la igualdad del hombre y la mujer y los investigadores que se ocupan de esas cuestiones.
23. Como parte del programa, el Instituto Raoul Wallenberg celebró en 1994 y 1995 un curso sobre la igualdad de la condición jurídica y social y los derechos humanos de la mujer, centrado en los derechos humanos y las cuestiones relacionadas con el trato derivado de la condición de varón o mujer, las normas internacionales en materia de igualdad y las políticas encaminadas a aumentar la igualdad entre ambos sexos. El curso abarca la protección de los derechos humanos de la mujer en todas las esferas pertinentes, incluyendo los derechos civiles, políticos, económicos y sociales así como cuestiones pertinentes de derecho humanitario. El curso realiza un examen general no sólo de las normas internacionales de derechos humanos sino también de las políticas encaminadas a lograr la igualdad entre el hombre y la mujer, la democratización de los parlamentos y el desarrollo sostenible. Se ha prestado atención a diversos métodos de difusión de la información sobre los derechos humanos. El Instituto Raoul Wallenberg prevé celebrar también este curso en 1996. Asimismo, se están planeando otros cursos y actividades en materia de derecho humanitario, centrados en la mujer en caso de conflicto armado.
24. Un proyecto educativo del UNICRI para fomentar la intervención de la mujer en lo que se refiere a la prevención del uso indebido de sustancias en los países mediterráneos se refiere a los derechos de la mujer, la igualdad, la condena de mujeres que hayan cometido delitos en materia de drogas y la prevención de la violencia. Este proyecto se lleva a cabo en colaboración con la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura y en consulta con el Programa de las Naciones Unidas para la Fiscalización Internacional de Drogas, la Organización Mundial de la Salud y las organizaciones no gubernamentales interesadas. Su financiación corre a cargo de la Comisión Europea. La primera fase del proyecto se refiere a la función de la mujer en la educación en materia de uso indebido de drogas. La segunda fase, que se realizará durante el período de 1996-1998, aplicará un método para educar a personas de un mismo nivel con el fin de reducir la demanda [Los informes nacionales sobre Egipto, Jordania, Líbano, Marruecos, República Árabe Siria y Túnez contendrán datos sociodemográficos sobre la condición jurídica y social de la mujer, la legislación, el uso indebido de drogas y problemas conexos. Se prevé publicar en 1996 un informe en la serie Issues and Reports del UNICRI.]. Todavía se está buscando financiación para esta segunda fase.
25. El Instituto Latinoamericano para la Prevención del Delito y el Tratamiento del Delincuente ha participado en numerosos proyectos regionales pertinentes. El Instituto dirigió un proyecto regional de capacitación sobre la violencia en el hogar durante el período 1991-1993 cuya finalidad fue elaborar y aplicar un programa permanente de capacitación para jueces del tribunal supremo y personal del sistema penitenciario de Costa Rica. Los principales resultados de este proyecto fueron los siguientes:
a) Preparación, validación y aplicación de tres módulos de capacitación y material de apoyo (relativos a un enfoque jurídico teórico de la violencia específico para cada sexo, la violencia contra la mujer y las adolescentes, y la mujer y la justicia) que se incluyeron en los programas permanentes de capacitación judicial y penitenciaria;
b) Capacitación en sistemas penitenciarios y judiciales de 545 funcionarios técnicos de Costa Rica y 10 de otros países de América Central;
c) Publicación de varios manuales de formación, 60 folletos informativos sobre la mujer y la justicia, 160 folletos sobre la violencia contra la mujer y los niños y 60 folletos sobre los elementos de una investigación no sexista;
d) Formación y capacitación de equipos de terapeutas del sistema penitenciario de Costa Rica en lo que se refiere al tratamiento y rehabilitación de los delincuentes sexuales y el apoyo a las víctimas;
e) Establecimiento, en el sistema penitenciario, de programas de tratamiento colectivo de los autores de agresiones físicas y sexuales y las víctimas de la violencia en el hogar;
f) Facilitación de asistencia técnica a la comisión nacional interinstitucional del Gobierno de Costa Rica para la revisión de la legislación y la práctica de prevención y erradicación de la violencia contra la mujer;
g) Facilitación de asistencia técnica a la comisión legislativa encargada de elaborar legislación sobre la violencia contra la mujer.
26. Entre julio y octubre de 1995 se llevó a cabo el proyecto del Instituto Latinoamericano de formación de instructores en materia de violencia en el hogar para funcionarios de policía de la escuela nacional del Ministerio de Seguridad Pública de Costa Rica. Este proyecto tuvo por finalidad elaborar y ejecutar un programa permanente de formación en materia de violencia en el hogar para instructores de la escuela nacional de policía. Los principales resultados de este proyecto fueron los siguientes:
a) Preparar, validar y aplicar un manual de formación de instructores de la policía que incorpora la prevención y el control de la violencia contra la mujer y los niños en el programa de estudios básico de capacitación de la escuela de policía;
b) Elaborar un instrumento judicial práctico de la policía que se ocupe de los casos de violencia en el hogar, por ejemplo un manual de bolsillo sobre el procedimiento legal.
27. El proyecto del Instituto Latinoamericano para El Salvador sobre prevención y control de la violencia contra la mujer y los niños y sus derechos humanos, que se llevó a cabo durante 15 meses, tuvo por finalidad contribuir a reducir y poner fin a las violaciones de los derechos humanos contra la mujer y los niños y prevenir y controlar la violencia en el hogar. Los principales resultados de este proyecto fueron los siguientes:
a) Formación de las fuerzas de policía y validación de los resultados;
b) Sensibilización de los decanos y profesores de las facultades universitarias de derecho, actividades sociales, sicología y sociología;
c) Formación de trabajadores comunitarios en El Salvador;
d) Difusión de la información sobre la experiencia adquirida en otros países de la región.
28. El proyecto de investigación del Instituto Latinoamericano sobre la situación de las presas en los países de América Central se centró en la condición jurídica y social de las mujeres en prisión. La primera fase, realizada entre 1993 y 1995, tuvo por finalidad contribuir a mejorar la administración de justicia y supuso el análisis de la situación de las presas en Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Panamá. Durante la segunda fase la investigación prosiguió en otros países de la región con el fin de evaluar las medidas necesarias para mejorar la situación de las presas. Los principales resultados del proyecto fueron los siguientes:
a) Preparación de un diagnóstico sobre la situación de las presas en Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Panamá con el fin de determinar las principales ventajas e inconvenientes del sistema en lo relativo al respeto de los derechos humanos de la población;
b) Formación y capacitación en cuestiones de violencia, autoestima y derechos humanos de los funcionarios de la administración de justicia de los centros penitenciarios, los centros de cumplimiento de penas de las mujeres, los departamentos de defensa jurídica pública y las organizaciones no gubernamentales;
c) Realización de cursos prácticos por entidades gubernamentales y no gubernamentales para analizar las medidas encaminadas a mejorar la situación de las presas.
29. El proyecto del Instituto Latinoamericano sobre la mujer, la justicia y las diferencias por razón de sexo, realizado entre 1993 y 1995, tuvo por finalidad alentar la formación y la asistencia técnica para mejorar desde una perspectiva femenina la condición jurídica y social de la mujer en la administración de justicia con especial hincapié en el poder judicial. Los principales resultados del proyecto fueron los siguientes:
a) Realización de estudios encaminados a mejorar la situación judicial de la mujer;
b) Preparación de un manual sobre la formación de instructores y metodología de la formación[ Esta metodología se ha incorporado en los programas de estudios universitarios de Colombia, Costa Rica, Guatemala, Perú, Puerto Rico, República Dominicana y Venezuela. Para aplicar la metodología se ha facilitado capacitación y otras formas de asistencia en diferentes esferas del derecho al Parlamento Latinoamericano, el Parlamento Centroamericano y las asambleas legislativas de Bolivia, Colombia, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá y Perú.];
c) Elaboración de legislación modelo para el derecho de familia, penal y laboral al Parlamento Latinoamericano;
d) Realización de 55 seminarios, cursos prácticos y cursos en 16 países de la región;
e) Preparación de reformas de los planes de estudio de universidades de Colombia, Costa Rica, Guatemala, Perú y Venezuela con el fin de incorporar en los planes de estudios jurídicos y sociales la perspectiva por razón de sexo.
30. Las actividades relacionadas con proyectos en 1996 supondrán la continuación de las actividades siguientes: capacitación y otras formas de asistencia técnica facilitadas con arreglo al programa; reformas de los planes de estudios de las facultades de derecho, actividades sociales y sociología de los países de la región con el fin de incorporar la perspectiva por razón de sexo en sus programas de estudio; promoción y difusión de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (anexo de la resolución 34/180 de la Asamblea General) entre el personal de la administración de justicia de la región; e investigación y trabajos sobre la violencia, el derecho y el sexo con respecto a las poblaciones femeninas discriminadas.
31. El Instituto Australiano de Criminología ha iniciado un nuevo proyecto de investigación sobre los signos indicadores de violencia contra la mujer, encaminado a reunir y refundir la investigación existente acerca de las respuestas de la justicia penal ante la violencia contra la mujer, con el fin de proporcionar al Gobierno de Australia datos nacionales fiables sobre el tema. Este proyecto tiene por finalidad establecer un marco para reunir los datos existentes y analizar y desarrollar los indicadores necesarios para establecer un enfoque nacional encaminado a reunir datos sobre la violencia contra la mujer. El proyecto supondrá las actividades siguientes: evaluación y descripción de la disponibilidad de datos fiables de justicia penal sobre la violencia contra la mujer (en especial, la violencia en el hogar y los ataques sexuales); fomento de la compatibilidad y utilidad de las series de datos sobre justicia penal; compilación y análisis anual de datos, por países y jurisdicciones; y elaboración de indicadores para enfocar de forma coordinada a nivel nacional la reunión de datos sobre la violencia contra la mujer.
32. Se espera que proyectos de investigación complementarios del Instituto Australiano de Criminología contribuyan al entendimiento de los obstáculos con que tropieza el acceso de la mujer a la justicia en relación con la violencia contra la mujer. La investigación podría abarcar estudios sobre el terreno encaminados a evaluar las opiniones de las mujeres sobre la eficacia del sistema de justicia penal para atender sus necesidades especiales. Una serie de cursos prácticos sobre el tema será útil para el proceso de coordinación. También se prevé la compilación y publicación de los datos, por países y jurisdicciones.
33. El Centro Árabe de Capacitación y de Estudios en materia de Seguridad ha emprendido investigaciones sobre la violencia en el hogar y los malos tratos infligidos a las esposas. Se ha llegado a la conclusión de que el conflicto de funciones, en especial dentro de la familia, se ha convertido en un problema creciente de las sociedades en transición que provoca frustraciones que a su vez se concretan en expresiones de diversas formas de agresión. Se ha llegado a la conclusión de que en la subregión la mayor parte de los actos de violencia en el hogar, excepto los que acaban en muerte, no salen a la luz. No obstante, sobre la base de muchos casos sustanciados ante los tribunales resulta evidente un aumento de los malos tratos contra las esposas, en especial entre los habitantes de las ciudades en las que el movimiento de emancipación de la mujer constituye un fenómeno frecuente. Durante sus investigaciones y estudios el Centro llegó a la conclusión de que las variables siguientes están relacionadas con la violencia contra la mujer en el hogar: edad, nivel de educación, posición social, zona de residencia y estado sicológico de la mente. En un estudio el Centro realizó entrevistas con víctimas femeninas de Beirut y Trípoli.
34. El Centro Internacional de Reforma del Derecho Penal y de Política Penal, en cooperación con otros institutos de la red del programa y junto con la Universidad de la Columbia Británica, la Universidad Simón Fraser y el Instituto de Justicia de la Columbia Británica está elaborando un proyecto de formación sobre la violencia doméstica que dará por resultado un programa de estudios adaptable con fines de formación y un plan de ejecución que podría ser útil para pedir a los Estados que refuercen su capacidad con miras a suprimir la violencia doméstica. Con tal fin el Centro estableció un comité de asesoramiento internacional compuesto por 25 representantes de organizaciones gubernamentales, intergubernamentales y no gubernamentales cuya primera reunión se celebró en enero de 1995.
35. En relación con el proyecto de formación, se celebrarán cursos en diferentes regiones. Estos cursos se dirigirán ante todo a abogados penalistas de diferentes organismos así como, en segundo lugar, a los encargados de formular políticas, los trabajadores sociales y otras personas que se ocupan de cuestiones relacionadas con la violencia en el hogar. El UNICRI ayudará al Instituto Europeo de Prevención del Delito y Lucha contra la Delincuencia en la celebración, en Eslovenia, en 1996, de un curso experimental para países de Europa central y oriental, en cooperación con las autoridades eslovenas. Se han celebrado consultas con las autoridades de Estonia y de Polonia sobre la posibilidad de organizar un curso para abogados penalistas.
36. El Consejo Consultivo Internacional Científico y Profesional ha elaborado un proyecto de investigación relacionado con la trata de mujeres y niños. El Consejo también realizó investigaciones sobre la violencia conyugal en la zona de Milán, sobre la base de un estudio de las sentencias dictadas por los tribunales de esa ciudad entre 1986 y 1988. Los resultados de la investigación, que se publicaron en 1990, pusieron de manifiesto los múltiples factores que contribuyen a la violencia conyugal en esa zona, a todos los niveles de la sociedad. Se llegó a la conclusión de que en los casos examinados las víctimas femeninas se enfrentaban solas a este problema. Gozaban de escasa protección social y jurídica pero albergaban la esperanza de escapar a la violencia y ejercer sus derechos legales.
37. El Instituto Europeo de Prevención del Delito y Lucha contra la Delincuencia, en cooperación con el Ministerio de Justicia de Hungría, organizó el curso de formación y curso práctico para Europa central y oriental sobre la violencia en el hogar, que se celebró en Budapest en abril de 1994 con el fin de examinar el seguimiento de la publicación titulada Strategies for Confronting Domestic Violence: a Resource Manual. Los participantes en el curso práctico hicieron las recomendaciones siguientes, aplicables a los países de Europa central y oriental [ Se informó de que los servicios establecidos en favor de las víctimas de la violencia doméstica en muchos países, a menudo por organizaciones no gubernamentales de voluntarios, consistían principalmente en líneas telefónicas de emergencia y servicios de asesoramiento. Normalmente carecían de recursos y estaban significativamente afectadas por la mala situación económica de la región. La falta de viviendas tenía por consecuencia obligar a víctimas y autores de agresiones en el hogar a seguir cohabitando, incluso después de divorciarse. En varios países la intervención de la policía se debía en general a la denuncia de la víctima. Se observó que el personal de justicia penal no estaba dispuesto a ocuparse de la violencia en el hogar y que por consiguiente no cumplía la función que se esperaba desempeñase. Se informó de que en algunos países se estaba procediendo a revisar el derecho y el procedimiento penal, lo que constituía una importante oportunidad de introducir medidas legislativas reformadoras. Se llegó a la conclusión de que se necesitaban estudios sobre el tema, así como un enfoque integrado.]: deberían revisarse el derecho y el procedimiento penal para determinar la existencia de disposiciones y efectos discriminatorios; debería estudiarse la posibilidad de establecer como delito penal la violación en el matrimonio; debería sensibilizarse a los abogados penalistas en lo que respecta a la dinámica de la violencia doméstica; debería impartirse capacitación específica e intensiva a la policía en lo que se refiere a su intervención en casos de crisis y la reunión de pruebas en disputas domésticas. Asimismo, deberían elaborarse módulos de formación de la policía, los fiscales y los jueces, con arreglo a los principios esbozados en Strategies for Confronting Domestic Violence; debería conseguirse que los gobiernos tomaran conciencia de la importancia de proporcionar y sufragar instalaciones y servicios, entre ellos líneas telefónicas de emergencia, centros de crisis, refugios, etc., en favor de las víctimas; debería promoverse la educación no violenta a todos los niveles de la enseñanza formal y en campañas de educación pública y toma de conciencia; deberían utilizarse toda clase de medios de comunicación para aumentar el reconocimiento de la violencia en el hogar y facilitar información a las víctimas y a los autores acerca de las diversas opciones y servicios disponibles.
38. El Instituto Africano para la Prevención del Delito y el Tratamiento del Delincuente se ha ocupado de la cuestión de las mujeres víctimas de delitos, incluidos los violentos, en algunas de sus actividades, en especial en el contexto de su seminario de capacitación sobre víctimas de delitos y prevención de la agresiones en África, celebrado en 1992, y de su curso práctico de formación en derecho, la mujer y el delito en África, celebrado en 1994. En la actualidad el Instituto Africano está preparando una propuesta para celebrar en 1996 un curso práctico de formación sobre la violencia contra la mujer en África, para el cual se han llevado a cabo negociaciones preliminares con miras a su financiación.
39. Iniciativas del Centro Internacional de Reforma del Derecho Penal y de Política Penal contribuyeron a los esfuerzos encaminados a luchar contra la violencia en el hogar mediante el desarrollo de un programa de estudios para la capacitación de profesionales de la justicia penal. En 1995 el comité de asesoramiento internacional sobre la violencia en el hogar establecido por el Centro y compuesto por expertos de las Naciones Unidas y del Gobierno federal y provincial del Canadá y expertos del extranjero se reunió en dicho país, en Vancouver, para examinar un plan de ejecución del programa destinado a aplicar un programa de capacitación y elaborar un programa de estudios básico en materia de capacitación. Este programa, preparado con la ayuda del Instituto de Justicia de la Columbia Británica, se revisó sobre la base de la aportación efectuada por el comité de asesoramiento y volverá a revisarse para que refleje la experiencia práctica obtenida gracias a cursos del proyecto celebrados en varias regiones, así como a los conocimientos obtenidos mediante consultas celebradas a nivel internacional. El Centro facilitó el programa de estudios para que lo utilizase el Instituto Europeo en un proyecto en Eslovenia y está estudiando la posibilidad de preparar un curso de capacitación en Indonesia, así como de ayudar al Instituto Latinoamericano y al Instituto Africano en sus iniciativas de capacitación.
40. En los últimos años los institutos que integran la red del programa han llevado a cabo actividades pertinentes para la supresión de la violencia contra la mujer. Estas actividades se han desarrollado principalmente en las esferas de las publicaciones y la información, las reuniones y conferencias, los proyectos de investigación y la cooperación técnica.
41. Habida cuenta de que los institutos tienen que atender las diferentes necesidades de sus órganos integrantes, quizá tengan dificultades para mantener o aumentar sus actividades sobre la violencia contra la mujer, debido a limitaciones de los recursos.
42. El proyecto de plan de acción sobre la eliminación de la violencia contra la mujer (E/CN.15/1996/11) proporcionará nuevas directrices acerca de la función de apoyo de los institutos de la red del programa respecto de la División en lo que se refiere a la realización de actividades sobre este punto.
1 Informe del Noveno Congreso de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, El Cairo, 29 de abril a 8 de mayo de 1995 (A/CONF.169/16/Rev.1), cap. I. Este informe se publicará ulteriormente como publicación en venta de las Naciones Unidas.
2 Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 1995; Suplemento No. 10 (E/1995/30), párr. 78.
3 Violence in the Family: An International Bibliography with Literature Review, UNICRI Issues and Reports series, No. 4, 1994.
4 Women's Victimization in Developing Countries, UNICRI Issues and Reports series, No. 5, 1995.
5 Publicación de las Naciones Unidas, Núm. de venta S.95.XVII.2.
6 ST/CSDHA/20.
7 Alfredsson y K. Tomaevski, directores de la publicación, A Guide to the Human Rights of Women: Global and Regional Standards Adopted by Intergovernmental and Non-Governmental Organizations and Professional Associations (La Haya y Londres, Martinuos Nijhoff Publishers, 1995).
8 The Equal Status and Human Rights of Women: A compilation of Country Reports from the Advanced International Programme in Lund (Lund, Suecia, Instituto Raoul Wallenberg de Derechos Humanos y Derecho Humanitario, 1994).